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Fentanilo contaminado: Casación rechazó el pedido de libertad de la directora técnica del laboratorio investigado

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Carolina Ansaldi, directora técnica de Laboratorios Ramallo S.A., contra la decisión que le negó la excarcelación en la causa por la presunta adulteración de fentanilo medicinal.

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso presentado por la defensa de Carolina Ansaldi, directora técnica de Laboratorios Ramallo S.A., y dejó firme la negativa a su pedido de excarcelación en la causa que investiga la presunta adulteración de fentanilo medicinal.

La decisión fue adoptada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Gustavo Hornos y Mariano Hernán Borinsky. El tribunal declaró inadmisible el planteo presentado contra una resolución de la Cámara Federal de La Plata, que anteriormente había confirmado la denegatoria de la libertad.

La investigación se inició luego de que el Hospital Italiano de La Plata denunciara ante la ANMAT un brote de infecciones respiratorias graves en pacientes internados en terapia intensiva. A partir de ese hecho, se comenzó a investigar el origen de las infecciones detectadas.

En el marco de las primeras medidas, se hallaron restos de fentanilo en ampollas suministradas a pacientes. Posteriormente, se tomaron muestras y se realizaron cultivos que dieron resultados positivos para bacterias en productos correspondientes a HLB Pharma Group S.A. Esos medicamentos habían sido elaborados en Laboratorios Ramallo S.A., empresa cuya dirección técnica estaba a cargo de Ansaldi.

Según la imputación judicial, se investiga la utilización de fentanilo de uso medicinal contaminado con al menos dos bacterias en hospitales y clínicas donde se registraron fallecimientos y personas lesionadas.

Ansaldi fue procesada inicialmente el 25 de septiembre de 2025 como coautora penalmente responsable del delito de adulteración de sustancias medicinales que resultó en la muerte de al menos 20 personas. El 13 de mayo de 2026, ese procesamiento fue ampliado, elevando la cantidad de fallecimientos contemplados a al menos 70 personas. Además, se incorporaron lesiones gravísimas de al menos dos personas, lesiones graves de al menos 41 y lesiones leves de al menos una persona, en concurso ideal.

Al fundamentar su voto, Gustavo Hornos describió las consecuencias investigadas como una “tragedia de proporciones”. La resolución de Casación no determina la responsabilidad penal definitiva de Ansaldi ni constituye una condena; el tribunal se limitó a declarar inadmisible el recurso contra el rechazo de su excarcelación. Por lo tanto, la prisión preventiva se mantiene mientras la investigación judicial continúa.

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