La Justicia homologó un acuerdo pleno presentado por la fiscalía. Tres personas fueron consideradas organizadoras de la estructura y recibieron penas de cumplimiento efectivo.
Cinco personas fueron condenadas en Cutral Co por una causa vinculada a la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en el marco de una investigación que permitió acreditar el funcionamiento de una estructura dedicada al microtráfico. Las penas van desde los tres hasta los seis años de prisión, según el grado de participación atribuido a cada acusado.
El caso fue resuelto mediante un acuerdo pleno presentado por el Ministerio Público Fiscal. Durante la audiencia, el fiscal jefe Gastón Liotard y el asistente letrado Rodrigo Blanco expusieron la acusación ante el juez Lisandro Borgonovo, quien finalmente declaró la responsabilidad penal de los imputados y homologó las penas acordadas.
Los cinco acusados reconocieron los hechos y aceptaron las condenas propuestas por la fiscalía. En paralelo, una sexta persona que había sido inicialmente acusada fue sobreseída, ya que no se pudo acreditar de manera objetiva su participación dentro de la organización investigada.
La causa marca un nuevo avance judicial contra el narcomenudeo en la comarca petrolera, una modalidad que suele sostenerse en estructuras reducidas, roles distribuidos y circulación constante de droga a pequeña escala. En este caso, la fiscalía logró diferenciar a quienes ocupaban un lugar de organización dentro del grupo y a quienes actuaban como partícipes secundarios.
Tres organizadores y dos partícipes secundarios
De acuerdo con la investigación, Suyai Anahí Contreras, Maximiliano Ariel Bustos y Luis Alberto Tapia fueron considerados organizadores de la estructura dedicada al tráfico de estupefacientes. La acusación fue encuadrada como tenencia con fines de comercialización agravada por la participación de tres o más personas.
Ese agravante fue central para determinar la responsabilidad penal de los principales acusados. Para la fiscalía, no se trataba de hechos aislados ni de una conducta individual, sino de una organización con varias personas involucradas en la actividad ilícita.
En tanto, Luis Miguel Bustos y Agustín Nihuel Vázquez fueron considerados partícipes secundarios. En el caso de Vázquez, además, se acreditó una desobediencia a una orden judicial, ya que fue encontrado en un domicilio sobre el que tenía vigente una prohibición de acercamiento.
El acuerdo presentado por la fiscalía se apoyó en la evidencia reunida durante la investigación. Con esos elementos, los representantes del Ministerio Público Fiscal sostuvieron la acusación y pidieron la homologación de las penas pactadas.
El juez Borgonovo aceptó el planteo, declaró penalmente responsables a los cinco acusados y dejó firmes las condenas acordadas en la audiencia.
Penas efectivas, condenas condicionales y decomiso
Las penas más altas recayeron sobre quienes fueron considerados organizadores. Suyai Contreras y Maximiliano Bustos fueron condenados a seis años de prisión de cumplimiento efectivo. En el caso de Contreras, la pena fue unificada con una condena anterior de un año de prisión en suspenso por tenencia simple de estupefacientes.
La situación de Maximiliano Bustos también tuvo antecedentes que fueron incorporados a la resolución. Su nueva condena fue unificada con una pena previa de cuatro años y ocho meses de prisión, y además se mantuvo la declaración de reincidencia.
Luis Alberto Tapia recibió la misma pena: seis años de prisión efectiva, por su rol dentro de la organización. De esta manera, los tres principales acusados deberán cumplir condenas de cumplimiento efectivo.
En cambio, Luis Miguel Bustos y Agustín Vázquez fueron condenados a tres años de prisión de ejecución condicional. Durante ese período deberán cumplir reglas de conducta, entre ellas fijar domicilio, no cometer nuevos delitos y presentarse cada dos meses ante la Dirección de Población Judicializada.
La resolución también incluyó una multa equivalente a 45 unidades fijas para las cinco personas condenadas. Además, se dispuso el decomiso de un automóvil y la destrucción de las sustancias estupefacientes secuestradas durante la investigación.
Respecto de Suyai Contreras, la fiscalía prestó conformidad para que continúe cumpliendo la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria. La decisión se tomó porque la mujer se encuentra embarazada y ya contaba con un dispositivo de monitoreo electrónico.
El juez Borgonovo avaló esa modalidad de cumplimiento, por lo que Contreras continuará detenida en su domicilio, bajo las condiciones fijadas por la Justicia.
Sobreseimiento para un sexto acusado
Durante la audiencia, la fiscalía también solicitó el sobreseimiento de un hombre que había sido imputado inicialmente como integrante de la organización. Liotard y Blanco explicaron que, con el avance de la investigación, no lograron corroborar de manera objetiva su participación en los hechos.
El juez hizo lugar al pedido y dispuso el sobreseimiento. Esa decisión dejó la causa cerrada respecto de ese acusado, mientras que las condenas quedaron firmes para las otras cinco personas involucradas.
