El informe del Ministerio Público Fiscal porteño incluye el testimonio de Candela Arizaga, quien reconoció consumo de sustancias y alcohol, negó violencia de género y manifestó no recordar parte de lo ocurrido.
El Equipo de Intervención Domiciliaria (EDID) del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires elaboró un informe sobre el episodio ocurrido el 5 de agosto en el departamento del ex diputado Facundo Moyano, donde intervino la Policía luego de un llamado de emergencia.
El documento incluye el testimonio de Candela Arizaga, quien manifestó no recordar parte de lo ocurrido durante la madrugada y negó que haya existido violencia de género. Según consta en el informe, la intervención se inició alrededor de las 5:10, cuando se solicitó la presencia policial en un departamento ubicado en la avenida del Libertador al 5400, en la Ciudad de Buenos Aires, a raíz de un presunto ataque cardíaco que habría sufrido una mujer. Arizaga, de 23 años, fue trasladada posteriormente al Hospital Pirovano, donde recibió atención médica y fue dada de alta durante la tarde.
El documento señala que, antes de la llegada de los equipos de intervención, la joven se había retirado del lugar “corriendo a los gritos”. Los profesionales que participaron del procedimiento describieron que se encontraba en un estado que calificaron como de “evidente estado psicomotriz” y que estaba desnuda, aunque llevaba una prenda íntima que cubría parte de su cuerpo.
Una vez en el Hospital Pirovano, el equipo entrevistó a Arizaga para conocer su versión de los hechos. Durante esa conversación, la joven manifestó que “no hubo violencia de género como se está diciendo” y sostuvo que no podía reconstruir con precisión lo ocurrido durante la madrugada. “No recuerdo que haya pasado nada”, indicó, según quedó registrado en el informe elaborado por los profesionales.
En esa entrevista, Arizaga también reconoció haber consumido sustancias psicoactivas y alcohol junto a Moyano antes del episodio. El ex diputado se encuentra imputado en la investigación por los delitos de lesiones y privación ilegítima de la libertad, aunque el testimonio incorporado al informe señala que la joven negó que su pareja le hubiera impedido abandonar el departamento o pedir ayuda.
La joven relató algunos recuerdos aislados de esa madrugada. Entre ellos, mencionó que había visto que su perro se había escapado y que posteriormente pidió ayuda a un colectivero, aunque no pudo precisar cuál había sido el motivo concreto por el que solicitó asistencia. El informe señala que durante la entrevista presentó dificultades para reconstruir de manera precisa la secuencia de acontecimientos.
Qué observó el equipo que entrevistó a Arizaga
Las profesionales que participaron de la intervención, la asistente Camila Díaz y la psicóloga Candela Di Pardo, señalaron que Arizaga se encontraba “imprecisa y parcialmente desorientada” respecto de los acontecimientos que dieron origen a la denuncia. La apreciación quedó incorporada en el análisis del equipo junto con otros elementos considerados relevantes para evaluar el contexto.
El informe también menciona distintos factores que, según las especialistas, debían ser considerados al analizar el relato de la joven. Entre ellos aparece la exposición pública y mediática que tomó el caso, debido a la repercusión que tuvo la denuncia y a la participación de una persona con trayectoria política y sindical como Moyano.
Otro de los aspectos señalados fue la situación de vulnerabilidad que podía presentar Arizaga teniendo en cuenta su edad, género, exposición mediática y estado general de salud al momento de la entrevista. Las profesionales también hicieron referencia a una asimetría de poder dentro del vínculo, tanto por cuestiones vinculadas con la edad y el género como por la actividad laboral y el rol político-sindical de Moyano.
El equipo incluyó además entre los factores considerados el tenor de los hechos denunciados y la situación particular en la que se encontraba la joven al momento de brindar su testimonio. La evaluación no se limitó únicamente a lo ocurrido dentro del departamento, sino que contempló las condiciones en las que Arizaga fue encontrada y posteriormente entrevistada.
Por otra parte, el documento dejó asentado que Arizaga no manifestó intención de impulsar una acción penal ni solicitó medidas de protección. Ese punto fue incluido entre las conclusiones elaboradas por las profesionales que intervinieron en el caso.
