El máximo tribunal provincial ratificó la pena de diez años de prisión contra un hombre declarado culpable de abuso sexual agravado, y consideró inválida una grabación en la que la víctima decía que la denuncia era falsa, por no cumplir con las garantías legales.
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut confirmó la condena a diez años de prisión contra un hombre declarado culpable por abuso sexual agravado con acceso carnal, en concurso real con tentativa de abuso sexual agravado. Se trata de la tercera vez que un tribunal ratifica el fallo obtenido por la Fiscalía en la causa.
El caso tuvo una particularidad que generó una fuerte discusión judicial luego del juicio. Tras conocerse la sentencia condenatoria, el entonces abogado defensor presentó una grabación realizada en su estudio jurídico en la que la adolescente víctima aseguraba que la denuncia había sido falsa y que había acusado a su tío por presiones externas. Con ese material, la Defensa Pública solicitó revisar la condena ante la Cámara Penal.
Sin embargo, tanto la Fiscalía como los jueces consideraron que esa grabación no reunía las garantías legales necesarias para ser tomada como prueba válida. De acuerdo con lo expuesto en el fallo, el video fue realizado de manera privada en el despacho del abogado defensor, sin intervención de profesionales especializados, sin acompañamiento psicológico y sin control de la Fiscalía. Para la Justicia, esa situación implicó una revictimización de la adolescente, ya que la legislación vigente prohíbe que el defensor del acusado entreviste a solas a la víctima.
La Cámara Penal también valoró el contexto familiar en el que se produjo la retractación. Según se indicó, en casos de abuso sexual intrafamiliar es frecuente que las víctimas sufran presiones, hostigamientos o sentimientos de culpa por las consecuencias judiciales que recaen sobre un integrante de la familia. En este expediente, los magistrados entendieron que la adolescente atravesaba un fuerte hostigamiento de su entorno y que era responsabilizada por la detención de su tío. Ese contexto, concluyeron, quitaba credibilidad al cambio de versión presentado por la defensa.
El Superior Tribunal respaldó esos argumentos y sostuvo que una simple retractación no alcanza para invalidar un juicio ya realizado. Los jueces remarcaron que, si efectivamente la denuncia hubiese sido falsa, correspondería abrir una investigación por falso testimonio y esperar una eventual condena firme por ese delito antes de discutir la nulidad del proceso anterior. Con esos fundamentos, el máximo tribunal provincial declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa y dejó firme la condena que el imputado ya cumple en prisión.
Por disposición judicial, no se difundió la identidad del condenado para preservar la identidad de la víctima.
