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ANSES lanzó la segunda etapa de retiros voluntarios: plazos y requisitos

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) formalizó la segunda etapa del Plan de Retiro Voluntario para su personal, mediante la resolución 261/2026 publicada en el Boletín Oficial. La adhesión estará abierta hasta el 30 de septiembre de 2026.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) puso en marcha una segunda etapa del Plan de Retiro Voluntario para sus empleados, tras considerar que en la primera edición hubo una “favorable convocatoria y acogida por parte del personal”. La medida quedó formalizada mediante la resolución 261/2026 publicada en el Boletín Oficial y se enmarca en la política de reforma del Estado y desregulación económica que impulsa el Gobierno.

Según el texto oficial, el “Plan de Retiros de Voluntad Recíproca (RVR) – Etapa 2” apunta a profundizar el esquema de desvinculaciones consensuadas. Los acuerdos deberán formalizarse mediante escritura pública o ante la autoridad laboral administrativa y, específicamente, ratificarse y homologarse ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), dependiente de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano.

La resolución delega en la Dirección General de Recursos Humanos de ANSES la implementación operativa del plan, así como la aprobación de los modelos de acuerdo de desvinculación. En la primera edición, el esquema fijaba una gratificación extraordinaria equivalente al 90% de la remuneración por cada año de antigüedad efectiva, con un tope de 24 haberes brutos, y estaba dirigido a empleados de planta permanente con al menos dos años de antigüedad.

Quiénes pueden adherirse en esta etapa

De acuerdo con la nueva resolución, el personal de planta permanente comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98 “E” podrá adherirse al retiro voluntario. La medida contempla dos modalidades de acceso según la edad y los aportes previsionales de cada agente: la primera incluye a quienes ingresaron antes del 1 de enero de 2024 y tienen entre 60 y 64 años; la segunda comprende a los trabajadores con la misma fecha de ingreso, de entre 65 y 69 años, que registren menos de 30 años de aportes al sistema previsional.

En ambos casos, la gratificación extraordinaria de egreso equivale al mismo porcentaje de la remuneración por cada año de antigüedad efectiva, o fracción mayor a tres meses. El cambio es que esta vez el tope máximo es de 19 haberes brutos. Quienes cuenten con mandato sindical vigente o se postulen como delegados gremiales deberán renunciar a su cargo y a la tutela correspondiente para acceder al beneficio.

Plazos y forma de pago

El proceso contempla cuatro etapas: revisión de requisitos por parte de Recursos Humanos, evaluación de cada solicitud por las Subdirecciones Ejecutivas y Secretarías, dictado del acto administrativo aprobatorio o denegatorio y notificación a la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público y a la Secretaría de Hacienda. El pago se realiza en una cuota única cuando el monto no supere los $80.000.000; si supera esa cifra, se abonará en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

El plazo de adhesión se extiende desde la entrada en vigencia de la resolución hasta las 23:59 del 30 de septiembre de 2026, según informó el organismo.

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