El imputado reconoció su responsabilidad en dos hechos de abuso sexual simple ocurridos durante 2024. A través de un juicio abreviado, fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional.
La Justicia de Chubut condenó a dos años de prisión en suspenso a un comerciante de 60 años de Río Mayo, luego de que admitiera su responsabilidad en dos hechos de abuso sexual simple ocurridos durante 2024. La sentencia fue dictada mediante un juicio abreviado, un procedimiento en el que el acusado reconoce los hechos y acuerda una pena con la Fiscalía, evitando así la realización de un juicio oral.
El acuerdo fue presentado por representantes de la Fiscalía de Sarmiento y la defensa del imputado ante el juez Alejandro Rosales, quien evaluó la legalidad y consistencia de la propuesta antes de homologarla. De esta manera, el magistrado resolvió condenar al hombre a dos años de prisión de ejecución condicional y le impuso una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante ese mismo período.
De acuerdo con la investigación, el primero de los hechos ocurrió entre enero y septiembre de 2024 en un local comercial de Río Mayo. La segunda denuncia corresponde al 30 de mayo de ese mismo año y también tuvo lugar en el mismo comercio, donde una clienta denunció haber sido víctima de conductas inapropiadas por parte del acusado.
Como parte de la condena, el hombre deberá realizar una capacitación en perspectiva de niñez y género, someterse a una evaluación para determinar si necesita tratamiento psicológico y presentarse en ocho oportunidades ante el Cuerpo de Delegados de Control. Además, tendrá prohibido mantener cualquier tipo de contacto con las víctimas, acercarse a sus domicilios o comunicarse con ellas por cualquier medio, incluidas las redes sociales.
El juicio abreviado es un mecanismo previsto por la legislación argentina para causas en las que la pena acordada no supera determinados límites. En ese procedimiento, el imputado reconoce su participación en los hechos, la Fiscalía propone una condena y el juez verifica que el acuerdo haya sido celebrado de manera libre, voluntaria y con pruebas suficientes antes de dictar sentencia. La resolución implica una condena con antecedentes penales.
La audiencia se desarrolló en la Oficina Judicial de Sarmiento. En representación del Ministerio Público Fiscal participaron la procuradora Luciana Coppini y el funcionario Alexis Ubilla. También intervinieron integrantes de la Asesoría de Familia, mientras que el condenado fue asistido por una defensora particular.
En cumplimiento de la normativa vigente y para resguardar la intimidad y la dignidad de las víctimas de delitos contra la integridad sexual, se omiten datos que permitan su identificación.
