Un grupo de abogados presentó una impugnación formal ante la Fiscalía de Estado de Chubut para que se declare la nulidad del Acta Acuerdo firmada entre la Provincia e YPF, cuestionando la cláusula que libera a la petrolera de responsabilidades ambientales históricas.
Un grupo de abogados encabezado por Raúl Heredia, Gastón Acevedo y Alfredo Pérez Galimberti presentó una impugnación formal ante la Fiscalía de Estado de Chubut para que se declare la nulidad del Acta Acuerdo firmada el 26 de junio entre la Provincia e YPF, convenio posteriormente ratificado por la Legislatura provincial.
La presentación, realizada ante el fiscal de Estado Andrés Meiszner y también enviada a la Defensoría del Pueblo de Chubut, solicita que se ejerza el control de legalidad previsto por la Constitución provincial y se promueva una acción de inconstitucionalidad contra la ley sancionada el 2 de julio. Los firmantes sostienen que el convenio es inconstitucional porque exime a YPF de responsabilidades ambientales, transfiere riesgos futuros a la Provincia y vulnera principios de la Ley General del Ambiente.
El eje central de la impugnación apunta contra la denominada cláusula de “liberación de responsabilidad”. Los abogados sostienen que el Estado provincial no puede liberar a YPF de eventuales responsabilidades derivadas de pasivos ambientales históricos porque esa obligación tiene carácter de orden público y no puede ser objeto de renuncia mientras el daño subsista. En el escrito afirman que “el convenio establece una liberación absoluta de responsabilidad para YPF por pasivos ambientales pasados” y que contradice el artículo 10 de la Ley XI N° 85 y los principios de la Ley General del Ambiente.
Los firmantes también cuestionan que el acuerdo extiende la liberación de responsabilidad a Restinga Alí, un área cuya reversión ya había sido tratada mediante otra ley provincial. Según argumentan, incorporar ese yacimiento dentro de la cláusula general de indemnidad sin una auditoría de cierre específica vulnera el principio de no regresión ambiental.
Otro cuestionamiento apunta a los 25 millones de dólares que YPF pagará a la Provincia. Los abogados rechazan que ese monto sea presentado como una “contraprestación extraordinaria” y sostienen que constituye el precio de una renuncia estatal a futuros reclamos ambientales. Comparan el convenio con el alcanzado por Santa Cruz durante la salida de YPF de otras áreas petroleras: mientras Chubut aceptó 25 millones de dólares para áreas con entre 2.000 y 3.000 pozos inactivos, Santa Cruz obtuvo 335 millones para aproximadamente 1.200 pozos.
Los abogados advierten que, al liberarse a YPF de responsabilidad, el riesgo económico terminaría trasladándose al Estado provincial. Afirman que, si las empresas que recibirán las concesiones quebraran o incumplieran sus obligaciones ambientales, “el Estado chubutense (y sus ciudadanos) deberá pagar con fondos públicos la descontaminación”. También cuestionan que los 25 millones sean destinados a infraestructura, salud, educación y seguridad en lugar de afectarse exclusivamente a tareas de recomposición ambiental.
La impugnación incorpora además la ausencia de participación de los municipios alcanzados por las áreas petroleras y de las comunidades originarias, así como la decisión de fijar como jurisdicción competente a los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires para resolver controversias derivadas del convenio, lo que los firmantes consideran una “renuncia a la soberanía judicial”.
La presentación deja en claro que el trámite ante la Fiscalía de Estado constituye el primer paso. Los autores advierten que, debido a la reciente sanción legislativa, ya se encuentran habilitados para promover las acciones judiciales que consideren pertinentes.
