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Abogada de Chubut ganó juicio histórico contra Meta por difamación de sus hijos

María Silvia Grosso logró una sentencia favorable en Puerto Madryn que obliga a la multinacional a pagar una reparación económica y publicar el fallo.

La abogada María Silvia Grosso enfrentó una batalla legal en Chubut que sentó un precedente histórico en Argentina contra el gigante tecnológico Meta, dueño de Facebook e Instagram. Lo que comenzó en 2018 como una campaña de hostigamiento en redes escaló hasta convertirse en una pesadilla digital que afectó la integridad de sus dos hijos menores de edad.

Grosso decidió representarse a sí misma y a sus niños en una causa que expuso la impunidad con la que operan las redes sociales cuando se amparan en su carácter de empresas multinacionales para eludir a la justicia local. Todo arrancó cuando una persona cercana a su entorno, con problemas de salud mental, utilizó las plataformas para publicar injurias y calumnias constantes.

Desde el anonimato que brindan los perfiles falsos, esta persona expuso fotos privadas, partidas de nacimiento y hasta la dirección del jardín de infantes de los menores. El ataque llegó al extremo de crear un perfil falso de uno de sus hijos, quien en ese momento tenía apenas cuatro años, suplantando su identidad por completo para difundir información falsa de manera diaria.

El punto más crítico del calvario ocurrió cuando las publicaciones acusaron a la abogada y a su pareja de haber secuestrado a su propio hijo. «Nos tachaba de que lo habíamos secuestrado y le pedía a la gente que nos denuncie si nos veía por la calle», relató Grosso a LU20. La información se viralizó rápidamente en grupos de la red social, donde los usuarios, actuando de buena fe ante una denuncia tan grave, compartieron las publicaciones y multiplicaron el daño de manera infinita.

Ante la gravedad de los hechos, Grosso inició una acción judicial autosatisfactiva para detener el ataque. Si bien el autor material cesó sus publicaciones tras la intervención judicial, el contenido injurioso permaneció circulando en los servidores de la empresa. Fue entonces cuando una jueza de familia ordenó a Facebook la eliminación inmediata de todos los contenidos. Sin embargo, la respuesta de la firma estadounidense fue desafiante: alegaron que no podían cumplir la orden de un juez argentino porque la plataforma se manejaba desde Estados Unidos y que la demandante debía litigar en California.

Grosso no aceptó la respuesta de la multinacional y promovió una acción de daños y perjuicios por el agravamiento del daño moral. Los perfiles permanecieron activos durante dos años después de la orden judicial, afectando derechos constitucionales básicos como la intimidad, la identidad y el honor. Durante el proceso, Facebook intentó desvincularse mediante argumentos legales, alegando que su sede en Argentina tenía un objeto social distinto al manejo de la red social y que, por lo tanto, no tenían responsabilidad sobre lo que ocurría en la plataforma.

La perseverancia de la abogada dio sus frutos cuando el Juzgado Civil y Comercial de Puerto Madryn dictó sentencia favorable, la cual confirmó luego la Cámara de Apelaciones. Facebook recibió la condena de pagar una reparación económica y publicar la sentencia en diversos diarios para limpiar el nombre de los afectados. Fuentes judiciales remarcaron que el fallo constituyó un hito, ya que estableció que las multinacionales con domicilio en el país deben acatar la legislación local y las órdenes de los jueces argentinos, sin importar cuán grandes sean sus estructuras jurídicas.

Actualmente, la lucha continúa en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut. Aunque existe una sentencia firme, la empresa apeló mediante un recurso de casación para evitar el pago de los intereses del daño, que representan más de la mitad del monto total reconocido.

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