Un fallo judicial en Trelew ordenó a un centro médico de Puerto Madryn realizar la transferencia de cuatro embriones criopreservados antes del fallecimiento del esposo de la solicitante, ante un vacío legal en Argentina.
Una mujer residente en Puerto Madryn obtuvo un fallo del Juzgado de Familia de Trelew que autoriza la transferencia de cuatro embriones criopreservados, tras el fallecimiento de su esposo en 2022. La sentencia, a cargo de la jueza Ivana Wolansky, ordenó a un centro médico de Puerto Madryn proceder con la implantación inmediata.
El caso se originó en 2011, cuando la pareja contrajo matrimonio y buscó tener hijos. Ante la imposibilidad de concebir de forma natural, iniciaron tratamientos de fertilidad. En diciembre de 2019, autorizaron la criopreservación de embriones en el Centro de Fertilidad PROCREARTE de Buenos Aires. En 2021, trasladaron los cuatro embriones a Puerto Madryn para continuar el tratamiento.
El 23 de agosto de 2022, el esposo falleció por enfermedad. La mujer solicitó al centro médico la implantación de los embriones, pero la clínica se negó, argumentando que el Código Civil y Comercial exige un consentimiento escrito y actualizado que el difunto no podía otorgar.
La jueza Wolansky señaló que existe un vacío legal en Argentina sobre la fertilización post mortem. La sentencia se basó en la «voluntad procreacional y el proyecto parental» que la pareja había manifestado en vida. También consideró un informe del Equipo Técnico Interdisciplinario que constató que la mujer cuenta con condiciones económicas y habitacionales adecuadas y una red de apoyo familiar.
El fallo reconoció que la decisión de la mujer «forma parte de su derecho a la integridad y libertad personal, a la vida privada y familiar y se relaciona con la autonomía reproductiva». La sentencia ordena la transferencia embrionaria y establece un criterio novedoso ante la falta de legislación específica.
