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Giro en el caso Ángel: tribunal solicita intervención del Cuerpo Médico Forense de la Corte para determinar causa de muerte

Los jueces Raquel Tasello y Martín Cosmaro hicieron lugar al planteo de la defensa de Mariela Altamirano y Michel González, imputados por el presunto homicidio del niño de 4 años. Buscan dirimir las controversias planteadas en torno al resultado de la autopsia y el estudio histopatológico.

La investigación por la muerte de Ángel López tuvo una novedad este miércoles, cuando el tribunal conformado para revisar la decisión inicial del juez Alejandro Soñís, que había denegado el planteo, resolvió pedir la intervención del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que analice las pericias médicas contradictorias que forman parte del expediente.

La decisión implica un giro en la causa, ya que el tribunal conformado por los jueces Raquel Tasello y Martín Cosmaro revocó una resolución previa y dio lugar al planteo de la defensa de Mariela Altamirano y Michel González para que un organismo externo determine dos aspectos centrales del caso: si las lesiones que presentaba el niño tenían entidad suficiente para provocar su muerte y si resulta válido el límite temporal de menos de 12 horas que un estudio histopatológico atribuyó a esos traumatismos.

La medida surge a partir de las diferencias que existen entre los especialistas que intervinieron en la investigación. Mientras la acusación sostiene que los traumatismos detectados en la cabeza del menor fueron determinantes en el desenlace fatal, en concomitancia con una enfermedad respiratoria que se agravó por la falta de cuidados adecuados, la defensa cuestiona que esas lesiones se hayan originado por golpes, atribuyendo su origen a una consecuencia del electroencefalograma efectuado durante su internación en el hospital Regional. Además, la defensa sostiene que tales lesiones, denominadas como “infiltraciones hemáticas”, hayan tenido la capacidad de causar la muerte.

En la resolución, los jueces remarcaron que la reconstrucción de los hechos se apoya precisamente en esos traumatismos y advirtieron que los peritos no lograron arribar a una conclusión común sobre su incidencia en el fallecimiento.

«La plataforma fáctica se construyó a partir de los traumatismos que el niño presentó en su cabeza», señala el fallo, para agregar que los especialistas «no se pusieron de acuerdo respecto a si esas lesiones tuvieron la entidad suficiente para producir la muerte».

El tribunal también puso el foco en otra diferencia relevante: la antigüedad de las lesiones. Según uno de los informes incorporados al expediente, los traumatismos se habrían producido dentro de las 12 horas previas al fallecimiento. Para los magistrados, si esa conclusión resultara correcta, podría modificar «de manera sustancial» la hipótesis investigativa que sostiene actualmente la acusación.

Al fundamentar la necesidad de una nueva intervención pericial, los jueces destacaron además una circunstancia ocurrida durante la autopsia. Recordaron que la médica forense Eliana Bévolo debió convocar a una junta médica para elaborar el informe definitivo, una situación que calificaron como una «práctica inusual (desconocemos si inédita)» dentro de la circunscripción judicial.

Frente a ese escenario, resolvieron requerir la intervención del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema para que examine los dictámenes existentes y emita una opinión técnica sobre los puntos en discusión.

Uno de los argumentos de la querella, que representa a Luis López, padre biológico de Ángel, fue que el envío del caso ante la Corte implicaría dilatar los tiempos y demorar el inicio del juicio, lo que fue rechazado por la defensa, al sostener que ya no rige en Chubut el plazo razonable máximo de 3 años para concluir el proceso.

Sobre ese punto, también se expide la resolución, rechazando que el planteo constituya una maniobra dilatoria. Por el contrario, los jueces entendieron que el proceso se encuentra en una etapa inicial y que resulta necesario agotar las medidas de prueba disponibles para garantizar el esclarecimiento del hecho, más aún cuando los imputados permanecen sujetos a medidas de coerción.

Con esta definición, la causa ingresará ahora en una nueva instancia pericial. Será el organismo técnico dependiente de la Corte Suprema el que deberá pronunciarse sobre las discrepancias médicas que hoy atraviesan el expediente y que resultan determinantes para establecer las circunstancias de la muerte del niño.

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