La Municipalidad de Neuquén publicó la reglamentación de la ordenanza N.º 14.951, que autoriza a las plataformas digitales de transporte privado de pasajeros a operar de manera legal en la ciudad. Con este paso, Uber, Cabify, Didi y otras futuras aplicaciones quedaron incluidas en un marco normativo que regula su funcionamiento, algo que hasta ahora no estaba definido.
Según el decreto N.º 0727/25, la norma “aprueba y regula la explotación del servicio privado de transporte de personas prestado mediante Plataformas Tecnológicas de Intermediación en el Transporte”.
El marco legal y el rol del Estado
La reglamentación deja en claro que se trata de un servicio privado, por lo que el municipio no mantiene un contrato de concesión directa con las plataformas. Sin embargo, sí tiene la facultad de establecer condiciones de seguridad vial, habilitación de vehículos y control de conductores, al tratarse de un servicio que impacta en la movilidad urbana.
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“El Estado no forma parte del contrato entre el conductor y el usuario, pero interviene fijando estándares de calidad y seguridad”, establece el texto oficial.
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Registros y requisitos
Para garantizar trazabilidad y control, la ordenanza crea distintos registros:
- Registro de Empresas de Redes de Transporte (ERT).
- Registro de Plataformas Tecnológicas de Intermediación en el Transporte (PTIT).
- Registro de Titulares de Vehículos Asignados.
- Registro de Conductores Habilitados.
Estos listados permitirán a la Municipalidad centralizar información sobre los prestadores del servicio, verificar condiciones de habilitación y organizar la operatividad dentro del ejido urbano.
Garantía millonaria y tarifas
Otro punto clave es que las empresas deberán presentar una garantía de cumplimiento a favor del municipio de 15.000.000 de pesos, monto que se actualizará cada enero conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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En cuanto a las tarifas, la normativa establece que serán fijadas libremente por las empresas, sin intervención del municipio.