La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) firmó una nueva revisión paritaria con las principales cámaras empresariales del sector. La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) participaron del acuerdo que ya cuenta con homologación oficial por parte de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
El entendimiento establece un período de vigencia que se extiende desde el 1° de julio de 2025 hasta el 30 de abril de 2026. Las partes, además, se comprometieron a reunirse nuevamente en noviembre de este año para revisar las condiciones pactadas a la luz de la situación económica.
Otro de los puntos destacados del convenio es que si bien los aumentos no son obligatorios para las negociaciones paritarias que se desarrollen en la ciudad de Río Grande, Tierra del Fuego, los montos acordados funcionarán como piso mínimo convencional a partir de la homologación.
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Archivo ADNSUR
En cuanto a los detalles económicos, el acuerdo prevé un incremento salarial del 6% que se aplicará en forma remunerativa y no acumulativa, sobre los sueldos básicos establecidos por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75. La base de cálculo serán los haberes de junio de 2025, incluyendo los porcentajes no remunerativos vigentes hasta esa fecha.
El aumento será distribuido en seis tramos iguales de 1% cada uno, que se aplicarán mensualmente desde julio hasta diciembre de 2025. A esto se suma una asignación no remunerativa de $40.000 mensuales, que también se pagará en cada uno de esos meses. Esta suma se extinguirá mensualmente, con la salvedad del último pago –correspondiente a diciembre– que será incorporado al salario básico a partir de enero de 2026.
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Desde FAECyS señalaron que este esquema busca acompañar la evolución del costo de vida y reforzar el ingreso de los empleados mercantiles de manera sostenida. El comercio es uno de los sectores con mayor cantidad de trabajadores en relación de dependencia, y sus acuerdos salariales suelen tener impacto sobre otras ramas del empleo formal.
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El convenio colectivo N° 130/75 regula las condiciones laborales del sector mercantil y establece los mecanismos de actualización salarial entre empleadores y empleados. La suma fija pactada en este acuerdo se presenta como un mecanismo adicional para contener los efectos de la inflación en los bolsillos de los trabajadores mientras se despliega la suba escalonada de haberes.