El Poder Ejecutivo publicó el decreto que reglamenta la Ley 27.801, que establece el Régimen Penal Juvenil para adolescentes de 14 a 17 años. La normativa define sanciones, supervisión especializada y mecanismos de coordinación entre Nación y provincias.
El Gobierno nacional publicó este lunes el Decreto 875/2026, que reglamenta el Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley 27.801. La normativa alcanza a adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18 y establece un nuevo esquema para el abordaje judicial de los delitos cometidos durante esa etapa.
El decreto fue firmado el pasado 4 de septiembre. El Ministerio de Justicia quedó establecido como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal, con la responsabilidad de coordinar herramientas destinadas al seguimiento de los adolescentes, la asistencia a las víctimas y la articulación con las provincias.
La ley había sido sancionada el 27 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Su entrada en vigencia está prevista 180 días después de esa publicación, mientras que el decreto establece que comenzará a regir junto con la norma.
La edad mínima de 14 años no fue establecida por el decreto reglamentario, sino por la propia Ley 27.801 aprobada por el Congreso. Para determinar qué régimen corresponde aplicar, se considera la edad que tenía el adolescente al momento de cometer el hecho.
Sanciones y seguimiento especializado
El nuevo régimen contempla distintas alternativas frente a una condena y no establece que todos los adolescentes deban cumplir penas de prisión. Entre las medidas previstas aparecen la amonestación, restricciones de contacto o circulación, trabajos comunitarios, reparación del daño, monitoreo electrónico y, en determinados casos, penas privativas de la libertad.
En caso de aplicarse una pena de prisión, el régimen establece límites específicos: no podrán imponerse penas de reclusión o prisión perpetua y el máximo previsto es de 15 años.
Uno de los principales instrumentos será el supervisor especializado, encargado de acompañar y controlar el cumplimiento de las medidas determinadas por la Justicia. Entre sus obligaciones estarán las entrevistas semanales con el adolescente y la elaboración de informes mensuales sobre su evolución, educación, formación y comportamiento.
Para los casos de competencia nacional ordinaria y federal, el Ministerio de Justicia creó el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. Los profesionales deberán contar con formación terciaria o universitaria vinculada con educación, pedagogía infantojuvenil, psicología o trabajo social, entre otras especialidades contempladas por la reglamentación.
También deberán acreditar experiencia profesional, realizar una capacitación inicial obligatoria y continuar con instancias de formación durante los años siguientes. La reglamentación establece además requisitos y restricciones para impedir el ingreso al registro de personas con determinados antecedentes judiciales.
Mientras se conforma el registro definitivo, Justicia elaborará un listado provisorio de profesionales. La primera convocatoria pública deberá realizarse dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigencia del decreto.
Atención a víctimas y coordinación entre Nación y provincias
La reglamentación incorpora mecanismos específicos para acompañar a quienes resulten víctimas de delitos cometidos por adolescentes. El Ministerio de Justicia deberá disponer equipos interdisciplinarios conformados por psicólogos y trabajadores sociales y coordinar con la Defensoría General de la Nación el acceso al patrocinio jurídico gratuito previsto por la ley.
Otro de los puntos establecidos es el registro de las decisiones judiciales. Cuando un adolescente reciba una pena bajo este régimen, el juez deberá comunicar la resolución al Registro Nacional de Reincidencia, que contará con una sección especial para estos casos. La información tendrá carácter reservado y comprenderá las sentencias y resoluciones firmes, además de las modificaciones, suspensiones, sustituciones, revocaciones o extinciones que puedan producirse posteriormente.
El decreto también puso en marcha un Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, integrado por representantes de los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud. El organismo tendrá como objetivo coordinar políticas vinculadas con la prevención, el abordaje y la reinserción de los adolescentes.
A su vez, se conformará una Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, destinada a articular con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. El espacio buscará unificar criterios técnicos, compartir experiencias y facilitar acuerdos de cooperación entre las distintas jurisdicciones.
