Un hombre que sufrió gastroenteritis tras consumir una Coca-Cola contaminada en 2022 obtuvo un fallo judicial que condenó a la embotelladora a pagar cerca de 5 millones de pesos.
Un consumidor que denunció haber sufrido una gastroenteritis luego de beber una Coca-Cola contaminada obtuvo un fallo favorable de la Justicia, que condenó a la empresa embotelladora a afrontar una millonaria indemnización, además de los honorarios y costas del proceso.
El caso se originó en marzo de 2022, cuando un hombre compró cinco botellas retornables de un litro en un supermercado de City Bell, en La Plata. Tras consumir sin inconvenientes las primeras tres, al abrir la cuarta detectó una sustancia arenosa en la bebida y, poco después, sufrió un cuadro de gastroenteritis aguda que motivó una consulta médica.
Un hallazgo que terminó como prueba clave
Luego del episodio de salud, el consumidor revisó la quinta botella, que permanecía cerrada de fábrica, y descubrió un objeto sólido en su interior. Decidió conservar el envase y reunir distintas pruebas para respaldar su reclamo, entre ellas el ticket de compra, fotografías, un certificado médico y actuaciones notariales.
Tras intentar una solución mediante el servicio de atención al cliente de la marca y una instancia de conciliación que no prosperó, presentó una demanda basada en la Ley de Defensa del Consumidor.
Durante el proceso, la embotelladora Reginald Lee S.A. rechazó cualquier responsabilidad y sostuvo que, debido a sus protocolos de producción y controles de calidad, era técnicamente imposible que un cuerpo extraño saliera de la planta de fabricación. En tanto, Coca-Cola FEMSA explicó que no intervenía en la elaboración ni comercialización del producto en esa región, por lo que el tribunal descartó su responsabilidad.
En una primera sentencia, la Justicia había reconocido el daño moral sufrido por el consumidor, aunque rechazó otros rubros indemnizatorios al considerar que no existían pruebas suficientes sobre secuelas físicas permanentes. También tuvo en cuenta que no pudo realizarse un análisis pericial sobre la botella que contenía la sustancia arenosa.
Sin embargo, tras la apelación, la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la responsabilidad de la embotelladora y resolvió incrementar la compensación económica.
Los jueces entendieron que el consumidor logró demostrar que adquirió un producto defectuoso, atravesó un problema de salud y debió enfrentar un extenso proceso judicial frente a una empresa de gran capacidad económica. Por ese motivo, elevaron la indemnización por daño moral de 50.000 a 200.000 pesos, suma que, con los intereses acumulados, rondará el millón de pesos.
Además, el tribunal incrementó el monto correspondiente al daño punitivo hasta los 400.000 pesos y determinó que deberá ser afrontado directamente por la embotelladora, al aceptar la exclusión de cobertura planteada por la compañía aseguradora.
A esa cifra se suman los honorarios de abogados y peritos, que superan los 4,3 millones de pesos, por lo que el costo total de la condena se acerca a los 5 millones de pesos. La resolución reafirma el deber de las empresas de garantizar que los alimentos y bebidas lleguen a los consumidores en condiciones seguras y libres de cualquier elemento extraño.
