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Tres acusados de secuestro y amenazas fueron declarados no culpables; los condenaron por lesiones leves

Un jurado popular encontró penalmente responsables por lesiones leves a tres jóvenes en Comodoro Rivadavia, pero los absolvió de los cargos de privación ilegítima de la libertad, amenazas agravadas y robo agravado.

Un jurado popular declaró “no culpables” a tres jóvenes acusados de privación ilegítima de la libertad, amenazas agravadas y robo agravado en un caso ocurrido en Comodoro Rivadavia, aunque sí los encontró penalmente responsables por lesiones leves.

El veredicto fue dado a conocer el pasado viernes por la tarde, tras la finalización del juicio oral y público desarrollado bajo el sistema de jurados. Los imputados fueron Darío Néstor Leonori, Leonardo Martearena y Martín Ojeda, quienes llegaron al debate acusados de protagonizar un violento episodio ocurrido el 6 de junio de 2024 en la zona norte de la ciudad.

Durante su alegato de apertura, la fiscal general Andrea Rubio sostuvo que la investigación permitiría acreditar que, alrededor de las 23.30 de aquella jornada, Leonori pasó a buscar a la víctima en un Ford Fiesta Kinetic luego de llamarlo por teléfono con la excusa de pedirle una balanza.

Según la acusación fiscal, ambos se dirigieron hasta una vivienda ubicada sobre calle Rubén Darío al 200, detrás del CPB de Restinga Alí, donde ya se encontraban Ojeda, Martearena y una cuarta persona aún no identificada.

La teoría del Ministerio Público Fiscal indicaba que allí la víctima fue reducida, golpeada y atada con un cable USB mientras los acusados le exigían que reconociera haber robado una plantación de marihuana. Incluso, la fiscal aseguró que uno de los imputados le colocó un rifle en la boca mientras lo amenazaban.

Siempre según la acusación, los imputados mantuvieron privada de la libertad a la víctima y luego la trasladaron hasta su domicilio familiar, donde también habrían intimidado a su pareja y a un menor de edad. Allí, de acuerdo a la teoría fiscal, sustrajeron ocho plantas de marihuana y tres paneles de luz LED, además de amenazar a la familia para evitar que realizara la denuncia.

Por estos hechos, la Fiscalía había calificado provisoriamente la causa como “privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia e intimidación, en concurso real con amenazas agravadas por el uso de arma y robo triplemente agravado por ser cometido en poblado y en banda, con utilización de arma impropia y con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada”.

Tras escuchar a testigos y analizar las pruebas presentadas durante el debate, el jurado popular descartó los delitos más graves y resolvió declarar a Leonori, Martearena y Ojeda penalmente responsables únicamente por lesiones leves.

La defensa, encabezada por el abogado particular Guillermo Iglesias, sostuvo desde el inicio del juicio que la Fiscalía no había logrado probar su caso y planteó que se trataba de “un conflicto vecinal entre personas conocidas”. Además, afirmó que los elementos involucrados en el hecho eran objetos que los imputados “fueron a buscar”.

El defensor también destacó que los acusados no poseen antecedentes penales y recordó que permanecieron ocho meses bajo prisión preventiva durante el avance de la investigación.

El debate fue presidido por la jueza técnica Raquel Tassello. Además de la fiscal Andrea Rubio, participaron el funcionario de fiscalía Maximiliano Morsucci y la psicóloga Claudia Pis. También intervino la asesora de familia Noelia Guitian, en representación conjunta de los menores víctimas vinculados a la causa.

La audiencia de cesura de pena se realizará el próximo lunes 1° de junio, instancia en la que se definirá la condena correspondiente por el delito de lesiones leves.

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