El Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial el paquete fiscal de la Ley Bases, aprobada en la Cámara de Diputados tras sufrir modificaciones en el Senado. Entre ellas los cambios, se planteó la derogación del Impuesto a la Transferencias de Inmuebles (ITI), que obligaba a los propietarios a pagar el 1,5 por ciento de la venta de una propiedad que fue había sido adquirida antes de diciembre de 2017 y que no era vivienda única ni permanente. Es decir, hasta hoy quien vendía una propiedad de US$100.000 comprada antes de esa año y en la que no vivía, debía pagar US$1500, al valor del dólar oficial.
A pocos minutos de ser publicada en el Boletín Oficial, fue el ministro de Economía, Luis Caputo quien publicó un mensaje en su cuenta social X: “Hoy terminamos con el ITI, un impuesto nefasto a las transferencias inmobiliarias, que estaba vigente desde el 1991″.
El paquete fiscal promulgado por el Ejecutivo además incluye la declaración de emergencia pública administrativa, económica, financiera y energética durante un año y la privatización de algunas empresas.
La iniciativa forma parte de una serie de cambios que, apenas asumió la presidencia, Javier Milei envió al Congreso un ambicioso proyecto de ley ómnibus que, entre sus 664 artículos, propuso aliviar la carga impositiva en la venta de inmuebles. Entre sus medidas, buscó derogar el impuesto ITI, el cual regía desde 1991 bajo la ley 23.905.
La eliminación del ITI, no significa que todos los propietarios del país dejarán de pagar un gravamen por vender su inmueble. Es que desde 2018, el ITI convive con otro impuesto, el Impuesto a las Ganancias Cedulares, que grava la diferencia entre la compra y la venta, menos el costo actualizado por Índice de Precios al Consumidor (IPC) y los gastos. Un ejemplo concreto, si una propiedad se compró en US$100.000 y se vendió en US$130.000, el contribuyente debe pagar un 15% de la diferencia: en el ejemplo expuesto de US$30.000. Es decir, debe pagar un impuesto de US$4.500.
LA NACION