Este martes comenzó en Esquel el primer juicio con tribunal mixto, en el que se juzgará a cinco policías imputados por un allanamiento ilegal, lesiones graves agravadas por haber sido cometido por personal policial en ejercicio de sus funciones y abuso de autoridad.
De acuerdo a la acusación de la fiscal María Bottini, el hecho ocurrió el 15 de febrero de 2021 a las 00:30 aproximadamente. Los cinco acusados irrumpieron en el domicilio del denunciante, sin contar con una orden de allanamiento que avalara dicho procedimiento, ni dándose los requisitos de flagrancia o cuasi flagrancia que exige el Código Penal y Procesal Penal.
Luego de ingresar al inmueble, rompiendo la puerta de entrada, arremetieron contra el dueño del mismo quien recibió al menos dos disparos en sus piernas con una escopeta anti tumulto, a corta distancia, lesionándolo. Segundos después, otro de los oficiales le habría efectuado tres disparos con su arma reglamentaria, y un tercero le disparó con una escopeta, ambos en diferentes partes del cuerpo: hombro, piernas y abdomen, a pocos metros.
Debido a los múltiples disparos, el denunciante sufrió lesiones en ambos hombros, tórax posterior, las dos piernas y el abdomen. Los proyectiles le causaron dos fracturas y otras lesiones graves por las que se tuvo que someter a varias cirugías. Además, estuvo internado en terapia intensiva con asistencia respiratoria mecánica porque su vida estuvo comprometida.
La fiscal Bottini establece que, con este accionar, los policías imputados incumplieron con la normativa aplicable y los deberes a su cargo (artículo 122 de la Constitución Provincial, artículo 1 de la Ley XIX nro. 5 del Digesto Jurídico Provincial y Protocolo de Actuación de las Unidades Antidisturbios de la Policía del Chubut), además de incumplir con las precauciones que deben tenerse al utilizar proyectiles anti tumulto, en particular la dirección del disparo y la distancia aconsejada.
JUICIO CON TRIBUNAL MIXTO
El caso fue elevado a juicio y se desarrollará ante un tribunal integrado por tres jueces técnicos que son Jorge Criado, Martín O’Connor y Jorge Novarino junto a dos vocales legos y suplentes.
La ley establece que los vocales deberán cumplir con los requisitos que se exigen para ser diputado, y que no pueden ser empleados públicos.
Para ello, se sortearán diez varones y diez mujeres de los cuales luego se designarán a quienes cumplan con todos los requisitos. Para mantener la proporción elegida, se denominarán dos suplentes varones y dos mujeres para poder continuar ante cualquier eventualidad.
El 22 de agosto tendrá lugar la audiencia del Voir Dire, selección de vocales, entre las personas que reúnan las condiciones legales.
De acuerdo al Artículo 4° de la Ley provincial XV 30, que fija la competencia de los tribunales con vocales legos, será de competencia del tribunal integrado con vocales legos el juzgamiento de los delitos tipificados en los Capítulos IV, VI, VII, VIII, IX, IX bis, X y XI, del Título XI del Código Penal de la Nación, y de los Capítulos III y XII del mismo Título XI cuando el acusado sea funcionario público.
También será de su competencia juzgar el delito de Defraudación a la Administración Pública, cometida por un funcionario público en ejercicio de la hundan (Capítulo IV del Título VI del Código Penal). Siempre le corresponderá intervenir en caso de pluralidad de imputados funcionarios y no funcionarios.
La competencia se determinará sobre la base de la acusación formulada por el fiscal o el querellante y el juez penal señalarán, en el auto de apertura del juicio oral, el tribunal que deba entender. El tribunal mixto adoptará las decisiones conforme con las previsiones de los Artículos 302 y 335 del Código Procesal Penal de Chubut.
Fuente: Jornada